domingo, 3 de mayo de 2009

POR UN COMPLEJO JUDICIAL DIFERENTE.


Los líderes en mercadeo, como todos los profesionales, deberíamos reconocer que, para aspirar a alcanzar un mejor nivel de vida personal, fortalecer nuestro esfuerzo profesional y desarrollar un plan de negocios que contribuya a lograr y superar las metas esperadas, es necesario, y quizás me atrevería a decir que imprescindible, estar en disposición de un excelente manejo de técnicas y de actitudes para tratar bien a las personas.

Miremos a nuestro alrededor y nos daremos cuenta de que los empresarios y gerentes de alto nivel más exitosos son los que han desarrollado la habilidad de relacionarse bien con la gente que les rodea. El éxito o el fracaso de nuestras experiencias de negocios es esencialmente un asunto de relaciones humanas. Posiblemente alcanzamos las metas sin tener un buen ambiente laboral, sin embargo, con relaciones interpersonales exitosas logramos las metas en un menor plazo con resultados de mejor calidad.

Si reconocemos que esta es una llave que puede fortalecer equipos de trabajo, promover una cooperación entusiasta, tener contactos clave que tomen decisiones, ¿qué estarías dispuesto a hacer para mejorar esta habilidad?

Si adoptamos actitudes positivas hacia los demás, recibiremos como respuesta    actitudes positivas. Si tenemos una mala actitud hacia alguien y la mantenemos, eventualmente la otra persona tendrá una mala actitud hacia nosotros. Con buenas actitudes en las relaciones podemos abrir puertas y cerrar buenos negocios, pero con pésimas actitudes podemos cerrar las puertas y abrir un ambiente laboral muy negativo. Recuerda siempre que tener relaciones interpersonales exitosas es una decisión personal. ¡Tú decides!

¿Por qué se debe apoyar la labor del dependiente judicial?

No debemos menospreciar la labor que desempeñan los llamados DEPENDIENTES JUDICIALES por el  hecho de que aun no posean la famosa TARJETA PROFESIONAL, o porque simplemente no tienen la experiencia  requerida. No se mide el conocimiento, ni la experiencia por una credencial, y no son menos o más que un profesional del Derecho; simplemente están atravesando por una etapa por demás importante para su desarrollo laboral y personal, donde es natural que se encuentren con situaciones extrañas que en ocasiones hacen que se entorpezca la labor realizada por ellos.

No es nada fácil ingresar a un mundo tan “complejo” como los complejos judiciales de Bogotá donde a diario nos encontramos con “caras largas” , afanes y miles de movimientos. ¿será que esto hace que en ocasiones los dependientes judiciales se sientan “en el lugar equivocado”?.

Por los pasillos de los juzgados se susurra que los dependientes no realizan bien su desempeño laboral y que estropean  en parte la justicia Colombiana por no desarrollar bien sus funciones.

Los DEPENDIENTES JUDICIALES son estudiantes de Derecho, auxiliares de abogados, aprendices de términos técnicos y jurídicos,  pero sobre todas las cosas, son SERES HUMANOS con grandes expectativas que necesitan del apoyo de los SERVIDORES PÚBLICOS y de los Profesionales del Derecho para desempeñar una excelente función. 

ENCUESTAS: Estudiantes de Derecho.

1. ¿Tiene claridad del concepto de DEPENDIENTE JUDICIAL?

2. ¿En alguna ocasión ha realizado actividades de DEPENDIENTE JUDICIAL?

3. ¿Cree usted que existen requisitos para poder ejercer la labor de DEPENDIENTE JUDICIAL?

4. ¿Cuál cree usted que son las labores desempeñadas por los DEPENDIENTES JUDICIALES?

5. ¿Cuál cree usted que debe ser el perfil de un DEPENDIENTE JUDICIAL?

6.¿Cree usted que los DEPENDIENTES JUDICIALES reciben el mismo trato que los profesionales del Derecho en los distintos complejos judiciales?

7. ¿Cree que ser DEPENDIENTE JUDICIAL es una buena opción para adquirir competencia profesional?

ANÁLISIS ENCUESTA REALIZADA A: ESTUDIANTES DE DERECHO.

Número  de encuestas: 6

Total Preguntas: 7

Preguntas de SI/NO: 5

Preguntas abiertas: 2


DIAGNÓSTICO:


DIAGNÓSTICO PREGUNTAS ABIERTAS


PREGUNTA CUARTA: (labores desempeñadas por los dependientes judiciales)

99% responde:

·         Vigilancia y control de procesos

·         Radicación de memoriales

·         Atención de consultas telefónicas

·         Elaboración de oficios

1% no sabe – no responde

 

PREGUNTA QUINTA: (Perfil del dependiente Judicial)

99% responde:

·         Estudiante de Derecho

·         Conocimientos básicos de Derecho

·         Disposición de tiempo

·         Agilidad

1% no sabe – no responde

ENCUESTAS: Abogados.

1. ¿Es usted abogado litigante?

2. ¿Para usted c

omo profesional de derecho, que es un DEPENDIENTE JUDICIAL?

3. ¿Cree que los DEPENDIENTES JUDICIALES  agilizan la labor realizada por uste

des?

4. ¿Hace uso de la labor del DEPENDIENT

E JUDICIAL?

5. ¿Para usted cual es el perfil que debe tener 

un DEPENDIENTE JUDICIAL?

6. ¿Cree usted que el DEPENDIENTE JUDICIAL recibe el mismo trato que un profesional del Derecho en los distintos complejos judiciales?

7. ¿Está usted d

e acuerdo que sea requisito indispensable para ser DEPENDIENTE J

UDICIAL ser estudiante de Derecho?

ANÁLISIS ENCUESTA REALIZADA A: ABOGADOS.

Número  de encuestas: 6 

 Total Preguntas: 7

Preguntas de SI / NO: 5

Preguntas abiert

as: 2

DIAGNÓSTICO:


DIAGNÓSTICO PREGUNTAS ABIERTAS

 

PREGUNTA SEGUNDA: (Concepto de  dependiente judicial)

·         Asistente con conocimientos jurídicos.

·         Persona que colabora con la gestión que realiza un abogado litigante

·         Asistente que esta al tanto del transcurrir de un proceso

PREGUNTA QUINTA: (Perfil del dependiente Judicial)

·         Estudiante de Derecho

·         Conocimientos básicos de Derecho

·         Disposición de tiempo

·         Agilidad

ENCUESTAS: Servidores Públicos.

1. ¿Como Servidor Publico, que opinión le merece los DEPENDIENTES JUDICIALES?

2. ¿Usted colabora con la labor del DEPENDIENTE JUDICIAL?

3. ¿En su rama del Derecho (cargo) que funciones realiza el DEPENDIENTE JUDICIAL?

4. ¿Cree usted que los Servidores públicos menosprecian en ocasiones las labores realizadas por los DEPENDIENTES JUDICIALES?

5. ¿Que requisitos exigen los complejos judiciales para que un DEPENDIENTE JUDICIAL haga sus labores propias?

6. ¿Cree usted que los DEPENDIENTE JUDICIALES realizan correctamente sus funciones delegadas?

ANÁLISIS ENCUESTA REALIZADA A: SERVIDORES PUBLICOS.

Número  de encuestas: 6

Total Preguntas: 6

Preguntas de SI/NO: 3

Preguntas abiertas: 3

DIAGNÓSTICO:


DIAGNÓSTICO PREGUNTAS ABIERTAS

 

PREGUNTA PRIMERA: (Opinión de los  dependientes judiciales)

50% responde:           buena

50 % responde:          Regular

PREGUNTA TERCERA: (Funciones que realiza el dependiente judicial)

60 % responde:          (Rama Civil y Familia):

·         Radicación de documentación

·         Seguimiento de procesos

40% responde:           (Rama Laboral)

·         Seguimiento de procesos

·         Radicación de oficios

PREGUNTA QUINTA: (Requisitos exigidos)

100% responde:

·         Certificación Universitaria

·         Carta de AUTORIZACION expedida por la empresa que contrata los servicios del mismo, o del Profesional del Derecho.

·         Carne estudiantil ( opcional)

ENCUESTAS: Dependientes Judiciales.

1. ¿Es usted actualmente DEPENDIENTE JUDICIAL?

2. ¿Desde cuando realiza dicha labor?

3. ¿Qué funciones realiza usted como DEPENDIENTE JUDICIAL?

4. ¿Qué horario de trabajo maneja usted?

5. ¿Qué ingresos le representan a usted el cargo de DEPENDIENTE JUDICIAL?

6. ¿La labor de dependiente judicial ha incidido en su formación profesional?

7. ¿Cómo es el trato que reciben los DEPENDIENTES JUDICIALES en los complejos judiciales?

8. ¿Está usted de acuerdo que sea requisito indispensable para ser DEPENDIENTE JUDICIAL ser estudiante de Derecho?

9. ¿Cuál cree usted qué debe ser el perfil de un DEPENDIENTE JUDICIAL?

10. ¿Cree usted que cada profesional del Derecho debería acudir a los servicios del DEPENDIENTE JUDICIAL?

ANÁLISIS ENCUESTA REALIZADA A: DEPENDIENTES JUDICIALES.

Número  de encuestas: 6

Total Preguntas: 10

Preguntas de SI/NO: 4

Preguntas abiertas: 6


DIAGNÓSTICO


DIAGNÓSTICO PREGUNTAS ABIERTAS


PREGUNTA SEGUNDA: (Tiempo)

60% responde:           de tres a seis meses

40%responde:            de seis a dos años

PREGUNTA TERCERA: (Funciones que realiza como dependiente)

100% responde:        

·         Radicación de documentación

·         Seguimiento de procesos

·         Asistente en los complejos judiciales

PREGUNTA CUARTA: (Horario de trabajo)

60 % responde:          de 1:00 pm a 6:00 pm

40% responde:           de 1:00 pm a 7:00 pm

PREGUNTA QUINTA: (Ingresos)

50% responde:           $250.000 a $350.000 pesos

50% responde:           $180.000 a $230.000 pesos

PREGUNTA SEPTIMA: (Trato)

60% responde:           Malo – pésimo

40% responde:           Bueno

PREGUNTA NOVENA: (Perfil)

100% responde:

·         Estudiante de derecho

·         Ágil

·         Recursivo

·         Paciente

·         Con conocimiento del procedimiento

Fotos.

Sede Judicial Hernando Morales Molina
(Entrada)

Fotos.

Sede Judicial Hernando Morales Molina
(Edificio)

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Fotos.

Sede Judicial Hernando Morales Molina
Interior.

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ENLACES: Rama Judicial.


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Decreto 196 de 1971. Estatuto del Abogado.

ARTICULO 26. Los expedientes y actuaciones judiciales o administrativas solo podrán ser examinados:

a). Por los funcionarios públicos en ejercicio de sus atribuciones y por razón de ellas;

b). Por los abogados inscritos, sin perjuicio de las excepciones en materia penal;

c). por las partes;

d). por las personas designadas en cada proceso o como auxiliares de la justifica para lo de su cargo;

e). por los directores y miembros de consultorios jurídicos en los procesos en que estén autorizados para litigar conforme a este decreto, y

f). por los dependientes de los abogados inscritos debidamente acreditados, siempre que sean estudiantes de derecho.
Corte Constitucional
- La Corte Constitucional declaró estarse a lo resuelto en la Sentencia C-619-96, mediante Sentencia C-109-97 del 6 de marzo de 1997, Magistrado Ponente Dr. Eduardo Cifuentes Muñoz.
- Aparte en subrayado y en letra itálica declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-619-96 de 13 de noviembre de 1996, Magistrado Ponente Dr. Eduardo Cifuentes Muñoz.
- Apartes subrayados  (inciso 1o. y literal b) declarados EXEQUIBLES por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-069-96 de 22 de febrero de 1996, Magistrado Ponente Dr. Antonio Barrera Carbonell.

ARTICULO 27. Los dependientes de abogados inscritos solo podrán examinar los expedientes en que dichos abogados estén admitidos como apoderados, cuando sean estudiantes u cursen regularmente estudios de derecho en universidad oficialmente reconocida hayan sido acreditados como dependientes, por escrito y bajo la responsabilidad el respectivo abogado, quien deberá acompañar la correspondiente certificación de la universidad.

Los dependientes que no tengan la calidad de estudiantes de derecho, únicamente podrán recibir informaciones en los despachos judiciales o administrativos sobre os negocios que apodere el abogado de quien dependan, pero no tendrán acceso a los expedientes.
Corte Constitucional
- La Corte Constitucional declaró estarse a lo resuelto en la Sentencia C-619-96, mediante Sentencia C-109-97 del 6 de marzo de 1997, Magistrado Ponente Dr. Eduardo Cifuentes Muñoz.
- Artículo declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-619-96 de 13 de noviembre de 1996, Magistrado Ponente Dr. Eduardo Cifuentes Muñoz.

Fotos.

Fotos.

Sede Judicial Nemqueteva

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Sede Judicial Nemqueteva

ENLACES: Sentencia C-619/96

Sentencia C-619/96

 

EXAMEN DE EXPEDIENTES-Estudiantes de derecho

 

El estatuto procesal civil fue modificado por el Decreto 196 de 1971...

Estatuto del Abogado

Decreto 196/1971